ARCA amplió el universo de contribuyentes obligados a emitir comprobantes electrónicos.
A partir del 1 de noviembre de 2026, la obligación alcanzará también a los monotributistas sociales y a quienes se encuentren comprendidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, habitualmente denominado monotributo promovido.
Por otra parte, los contribuyentes que revistan la condición de no alcanzados por el IVA deberán comenzar a emitir comprobantes electrónicos a partir del 1 de marzo de 2027.
¿Qué conviene revisar?Quienes se encuentren comprendidos por estas modificaciones deberían verificar con anticipación:
- su situación registral ante ARCA;
- los puntos de venta habilitados;
- el acceso al servicio de comprobantes electrónicos;
- y el procedimiento que utilizan actualmente para facturar.
Para los contribuyentes alcanzados que todavía no cuenten con un punto de venta habilitado, ARCA prevé mecanismos para facilitar su incorporación al sistema de facturación electrónica.
Importante: el cambio no afecta a todos los contribuyentes por igual. La fecha de incorporación depende de la situación fiscal de cada persona.Información de carácter general. Cada situación particular debe analizarse según la condición fiscal del contribuyente.